estableció una presunción de verdad respectó a lo dicho por el Juez en el acta de inhibición...", especialmente por ministerio expreso del artículo 88 eiusdem, este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada en el presente caso.
En acatamiento de lo dispuesto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia Nº 1175 de fecha 23 de noviembre de 2010, se ordena notificar de la presente decisión dentro de las veinticuatro horas siguientes a la publicación del presente fallo, tanto al Juez inhibido, como al Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Valera, anexándole copia fotostática certificada de la presente decisión, y una vez que conste en autos dichas notificaciones, se ordena remitir con oficio el expediente en original el Tribunal de la c.....