este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, con sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la misma, y condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo previsto en la parte infine del artículo 357 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 274 eiusdem.
Por cuanto la presente decisión fue dictada fuera del lapso legal, se acuerda NOTIFICAR A LAS PARTES.
El Juez Titular,
Abg. Adolfo Gimeno Paredes.
La Secretaria Accidental,
Abg. Mary Trini Godoy Hernández.