D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO, Ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentó la ciudadana MARGARITA MILANO SANCHEZ, en contra del ciudadano RICARDO ANTONIO FERNANDEZ ARZUAGA, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos RICARDO ANTONIO FERNANDEZ ARZUAGA y MARGARITA MILANO SANCHEZ, en fecha VEINTITRES (23) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL CINCO (2.005) por ante el Registro del Estado Civil Especial del municipio Plaza de la Revolución, Provincia de La Habana de Cuba, según consta de la copia certificada del Acta de Matrimonio que .....