D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DIVORCIO, ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, intentó el ciudadano Luís Ramón Benítez Marín, en contra de la ciudadana Mireya del Carmen Suárez, ambos plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: Queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajo el ciudadano Luís Ramón Benítez Marín con la ciudadana Mireya del Carmen Suárez, en fecha SETE (7) DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS (1.992), por ante la Primera Autoridad Civil de la Prefectura de la Parroquia Burbusay, Municipio Bocono del Estado Trujillo, según consta del acta de matrimonio signada con el No. 4, que corre inserta al folio 76 y vuelto de este .....