D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con sede en Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de DECLARATORIA DE SIMULACION ABSOLUTA DE LA NEGOCIACIÓN DE COMPRA VENTA contenida en el documento Protocolizado ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Publico de los municipios Trujillo, Pampan y Pampanito del estado Trujillo, en fecha 30 de septiembre de 2003, bajo el Nº 32, Protocolo 1º Tomo 8º, Tercer Trimestre, intentada por los ciudadanos Franco José Albesiano Rodríguez, Sergio José Albesiano Rodríguez, Haidee Dominga Albesiano de González y Gladys Josefina Albesiano de López, en contra de los ciudadanos Rodolfo Batista Albesiano Rodríguez, Sor María Celina Rojo de Albesiano y María del Carmen Rodríguez de Alb.....