Por las razones antes expuestas, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, y DECLINA la competencia para conocer del presente asunto en el Juzgado de los municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de esta Circunscripción Judicial, de conformidad lo previsto en los artículos 60 y 69 del Código de Procedimiento Civil y artículo 3 de la Resolución número 2.006-0006 de fecha 18 de marzo de 2.009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial el 02 de abril de 2009.
Regístrese, cópiese y remítase el expediente en su oportunidad al Tribunal competente. Anótese su salida.
El Juez Titular,
MSc. Adolfo Gimeno Paredes
La Secretaria Titular,
Abg. Diana C. Isea Briceño
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, registrándose la decisión a las diez horas de la mañana (10:00 a.m).
La Secretaria Titular,
Abg. Diana C. Isea Briceño