En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MIGUEL ANGEL CONTRERAS LINARES, fallecido ab- intestato en fecha 25 de diciembre de 2003, en la ciudad de Boconò del estado Trujillo, según consta del acta de defunción N° 314, que corre inserta en autos al folio 7 del expediente, expedida por la oficina de Registro Civil del municipio Boconò estado Trujillo, a los ciudadanos: CARMEN AMPARO QUINTERO DE CONTRERAS, LUIS AMADO CONTRERAS QUINTERO, LIBIA JEANETTE CONTRERAS QUINTERO, MIGUEL ENRIQUE CONTRERAS QUINTERO, MORELIA DEL CARMEN CONTRERAS QUINTERO y ISLEYER DEL VALLE CONTRERAS QUINTERO, en su condición de esposa e hijos del causante MIGUEL ANGEL CONTRERAS LINARES. Se dejan a salvo los derech.....