DISPOSITIVA
PRIMERO: Se declara parcialmente con lugar la demanda de obligación de manutención interpuesta por la ciudadana SOLAIDA DEL CARMEN LUQUE MOLINA, titular de la cédula de identidad N° 12.797.911, actuando en nombre y representación de sus hijos (Se omiten sus nombres de acuerdo a las previsiones de la LOPNA), contra el ciudadano JOSE HERIBERTO PAREDES MOLINA, titular de la cédula de identidad N° 13.377.068 y se fija a la cantidad de dinero equivalente al 100% de un (1) salario minino urbano nacional, a ser pagado mensualmente, el cual equivale actualmente la cantidad de SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs.F. 799,23), mensuales, más un (01) mes, adicional al monto de la obligación de manutención en el mes de Agosto por concepto de gastos de uniformes y útiles escolares, más dos (02) meses del monto de la obligación de manutención, en el mes de Diciembre por concepto de aguinaldos.
SEGUNDO: Se deja establecido que el presente fal.....