DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de divorcio por abandono voluntario, instaurado por el ciudadano: MARIO DE JESUS ARAUJO MATOS, contra su cónyuge MARIA GREGORIA VARGAS PALENCIA.-
SEGUNDO: Declara disuelto el vínculo matrimonial que los une, y que contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Motatan del Municipio Motatán del Estado Trujillo, en fecha 26-11-1982, según acta N° 55.-
TERCERO: En relación a la obligación alimentaría este Tribunal fija la cantidad de 29,29% de un salario mínimo urbano nacional que equivale a la cantidad de ciento cincuenta mil bolívares (150.000,00) más un mes adicional al monto de la obligación alimentaria en el mes de agosto para gastos de útiles y uniformes escolares y un mes adicional del monto de la obligación alimentaria en el.....