D I S P O S I T I V A:
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados y por mandato de los Artículos 12, 254 del Código de Procedimiento Civil, 51 y 56 del Decreto con Rango y Fuerza de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Sin Lugar la presente Demanda por Desalojo de Inmueble, intentada por el ciudadano Juan Ramón Fernández Angulo, Venezolano, mayor de edad, Viudo, Comerciante, titular de la cédula de identidad Nro.V-2.682.539, domiciliado en la ciudad de Trujillo, Municipio y Estado Trujillo, representado por la Abogada Ana Rita Gudiño Marín, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro.28.330; Contra: María Silvestra Núñez de Montero, Venezolana, mayor de edad, Casada, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.133.809, domiciliada en la Avenida B.....