D I S P O S I T I V A:
Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la solicitud de Conversión de Separación de Cuerpos por Mutuo Consentimiento, en consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL de los Ciudadanos: MARIA LAURA CABRITA BRICEÑO y GUSTAVO ENRIQUE VALERA GODOY, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.722.321 y V- 8.717.487, respectivamente, ambos de este domicilio, que éstos habían contraído en fecha 12 de Octubre de 2007, en Matrimonio Civil, por ante el Registrador Civil de la Parroquia Flor de Patria del Municipio Pampán del Estado Trujillo, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nro.25, de fecha 21/02/2011, que corre inserta a los folios 04 del expediente.
No hay condenatoria en costas debido a la naturale.....