Visto el Desistimiento instaurado por la parte accionante en fechas 12 de Junio de 2009, y 16 de Junio de 2009, cursante a los folios 34 y 36 del presente expediente, este Juzgado de los Municipios Trujillo, Pampán y Pampanito de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, imparte su aprobación, homologando dicho Desistimiento y se procede como en Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, ordenándose el archivo definitivo del presente expediente. Así mismo se ordena expedir copia fotostática del escrito libelar y hacer entrega a la interesada.
EL JUEZ
ABG. ASDRUBAL JOSE PACHECO DELGADO
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
SILVIO JOSÉ ARAUJO CAÑIZALEZ
Mr.
Exp. N° 1.291/0.....