En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 363 del Código de Procedimiento Civil, que establece lo siguiente:
Artículo 363: "Si el demandado conviniere en todo cuanto se le exija en la demanda, quedará ésta terminada y se procederá como cosa juzgada, previa la homologación del convenimiento por el Tribunal"....