CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la demanda incoada por MARIA ISABEL FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 8.720.955, asistida de los abogados JESUS ARAUJO y MARIA ARAUJO ABREU, inscritos en el inpreabogado bajo los números 88.608 y 39028 respectivamente, en contra de la ciudadana DUBELYS MARIA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 11.244.428, por Desalojo de inmueble.
1) Se condena a la parta demandada a la cancelación de los cánones de arrendamiento vencidos correspondientes a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre de 2008, a razón de.....