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Decisiones del dia 05/10/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
Paginas 1 [Total de sentencias: 8] Página 1 de 1
N° Expediente : 12595 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Unicos Y Universales Herederos
Partes:
RAFAEL CAMILO BARRETO ANDRADE
Resumen:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante MARIA DOLORES ANDRADE viuda de BARRETO, que en vida era venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 1.923.979 a los ciudadanos RAFAEL CAMILO BARRETO ANDRADE, FERNANDO SEGUNDO BARRETO ANDRADE, GUSTAVO ADOLFO BARRETO ANDRADE, EDGAR DE JESUS BARRETO ANDRADE, FRANKLIN RAMON BARRETO ANDRADE, MARISOL BARRETO ANDRADE y JOSE MARIA BARRETO ANDRADE, antes identificados. SEGUNDO: Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA A LOS EFECTOS ESTADISTICOS DEL TRIBUNAL. DADO, FIRMADO, SELLADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE DESPACHO, DEL JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATAN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO. En.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 5176 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Consignacion Canones De Arrendamiento
Partes:
FELICIA BECERRA RIVEROS ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE PRESIDENTA DE LA EMPRESA SOCIEDAD MERCANTIL MUNDOO, C.A
Resumen:
Al respecto se debe resaltar que el procedimiento para el pago por consignación arrendaticia fue establecido por el legislador inquilinario en los artículos 51 al 57 del Decreto con rango valor, y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, a favor del inquilino para proveerlo de un mecanismo rápido, expedito, gratuito, eficaz y sin asistencia abogadil, a los fines de efectuar el pago de sus pensiones de arrendamiento y evitarle que caiga en estado de insolvencia, por las gravisimas consecuencias que ello le reportaría, cuando el arrendador no le recibe ese pago, es de acotar que si bien la consignación arrendaticia es una actuación de jurisdicción no contenciosa (mal llamada voluntaria), no se rige por lo dispuesto para esta jurisdicción en los artículos que van del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ni tampoco se rige por el procedimiento de Oferta Real y Depósito previsto en los artículos 819 al 828 del citado código; si no que en correspondencia con el sentimient.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 5177 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Consignacion Canones De Arrendamiento
Partes:
IOANNIS SPIROU ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE PRESIDENTA DE LA EMPRESA PROMOCIONES VALLE LINDO, VIAJES Y TURISMO, C.A (PROVALINCA)
Resumen:
Al respecto se debe resaltar que el procedimiento para el pago por consignación arrendaticia fue establecido por el legislador inquilinario en los artículos 51 al 57 del Decreto con rango valor, y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, a favor del inquilino para proveerlo de un mecanismo rápido, expedito, gratuito, eficaz y sin asistencia abogadil, a los fines de efectuar el pago de sus pensiones de arrendamiento y evitarle que caiga en estado de insolvencia, por las gravísimas consecuencias que ello le reportaría, cuando el arrendador no le recibe ese pago, es de acotar que si bien la consignación arrendaticia es una actuación de jurisdicción no contenciosa (mal llamada voluntaria), no se rige por lo dispuesto para esta jurisdicción en los artículos que van del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ni tampoco se rige por el procedimiento de Oferta Real y Depósito previsto en los artículos 819 al 828 del citado código; si no que en correspondencia con el sentimient.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 5177 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Consignacion Canones De Arrendamiento
Partes:
IOANNIS SPIROU
Resumen:
Al respecto se debe resaltar que el procedimiento para el pago por consignación arrendaticia fue establecido por el legislador inquilinario en los artículos 51 al 57 del Decreto con rango valor, y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, a favor del inquilino para proveerlo de un mecanismo rápido, expedito, gratuito, eficaz y sin asistencia abogadil, a los fines de efectuar el pago de sus pensiones de arrendamiento y evitarle que caiga en estado de insolvencia, por las gravísimas consecuencias que ello le reportaría, cuando el arrendador no le recibe ese pago, es de acotar que si bien la consignación arrendaticia es una actuación de jurisdicción no contenciosa (mal llamada voluntaria), no se rige por lo dispuesto para esta jurisdicción en los artículos que van del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ni tampoco se rige por el procedimiento de Oferta Real y Depósito previsto en los artículos 819 al 828 del citado código; si no que en correspondencia con el sentimient.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 12595 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
RAFAEL CAMILO BARRETO ANDRADE
Resumen:
D I S P O S I T I V A Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATAN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante MARIA DOLORES ANDRADE viuda de BARRETO, que en vida era venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº 1.923.979 a los ciudadanos RAFAEL CAMILO BARRETO ANDRADE, FERNANDO SEGUNDO BARRETO ANDRADE, GUSTAVO ADOLFO BARRETO ANDRADE, EDGAR DE JESUS BARRETO ANDRADE, FRANKLIN RAMON BARRETO ANDRADE, MARISOL BARRETO ANDRADE y JOSE MARIA BARRETO ANDRADE, antes identificados. SEGUNDO: Se ordena devolve.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 5176 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Consignacion Canones De Arrendamiento
Partes:
FELICIA BECERRA RIVEROS
Resumen:
Al respecto se debe resaltar que el procedimiento para el pago por consignación arrendaticia fue establecido por el legislador inquilinario en los artículos 51 al 57 del Decreto con rango valor, y Fuerza de Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, a favor del inquilino para proveerlo de un mecanismo rápido, expedito, gratuito, eficaz y sin asistencia abogadil, a los fines de efectuar el pago de sus pensiones de arrendamiento y evitarle que caiga en estado de insolvencia, por las gravisimas consecuencias que ello le reportaría, cuando el arrendador no le recibe ese pago, es de acotar que si bien la consignación arrendaticia es una actuación de jurisdicción no contenciosa (mal llamada voluntaria), no se rige por lo dispuesto para esta jurisdicción en los artículos que van del 895 al 902 del Código de Procedimiento Civil, ni tampoco se rige por el procedimiento de Oferta Real y Depósito previsto en los artículos 819 al 828 del citado código; si no que en correspondencia con el sentimient.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 5177 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Consignación
Partes:
IOANNIS SPIROU ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE PRESIDENTA DE LA EMPRESA PROMOCIONES VALLE LINDO, VIAJES Y TURISMO, C.A (PROVALINCA)
Resumen:
En conclusión, es claro que a tenor del espíritu del artículo 56 del decreto con Rango, valor y Fuerza, de ley de Arrendamientos Inmobiliarios, que señala: "...En virtud de la consignación legítimamente efectuada conforme a lo dispuesto en el presente Título, se considerará al arrendatario en estado de solvencia, salvo prueba en contrario que corresponderá apreciar al juez, ante quien el interesado presentare la demanda, y por no tratarse esta actuación de un juicio de cumplimiento de contrato, de resolución, de retracto arrendaticio, de desalojo por cualquiera de las causales del artículo 34 del Decreto referido o de desalojo por cumplimiento de la prorroga en los casos del artículo 38 eiusdem, donde se pueda analizar si el consignatario cumplió o no con los requisitos esenciales para la validez de la consignación, es decir, para considerarla legítimamente efectuada o no, razón por la cual el tribunal no puede pronunciarse sobre ello y por ende tampoco se pueden valorar las p.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
arriba

N° Expediente : 5177 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Consignación
Partes:
IOANNIS SPIROU ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE PRESIDENTA DE LA EMPRESA PROMOCIONES VALLE LINDO, VIAJES Y TURISMO, C.A (PROVALINCA) YLA EMPRESA SOCIEDAD MERCANTIL IMIRVA, C.A, EN LA PERSONA DE ANTONIO VOLANTE
Resumen:
"...En virtud de la consignación legítimamente efectuada conforme a lo dispuesto en el presente Título, se considerará al arrendatario en estado de solvencia, salvo prueba en contrario que corresponderá apreciar al juez, ante quien el interesado presentare la demanda, y por no tratarse esta actuación de un juicio de cumplimiento de contrato, de resolución, de retracto arrendaticio, de desalojo por cualquiera de las causales del artículo 34 del Decreto referido o de desalojo por cumplimiento de la prorroga en los casos del artículo 38 eiusdem, donde se pueda analizar si el consignatario cumplió o no con los requisitos esenciales para la validez de la consignación, es decir, para considerarla legítimamente efectuada o no, razón por la cual el tribunal no puede pronunciarse sobre ello y por ende tampoco se pueden valorar las probanzas presentadas por el impugnante, razón por la cual la petición formulada en ese sentido, irremediablemente, debe sucumbir y en consecuencia así se de.....
Juez/Ponente:
Ramon Eduardo Burtron Viloria
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque
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