CUARTO
Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: SIN LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana JUDITH DEL ROSARIO GONZÁLEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.499.350, domiciliada en esta ciudad de Valera del Estado Trujillo, quien se encuentra representada por su apoderada apud-acta abogada en ejercicio YASMELY DEL CARMEN CABRERA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.404.664 e inscrita en el I.P.S.A., bajo el N° 123.682, con domicilio procesal en la Calle 8 entre Avenidas 9 y 10, Edificio Greven, Piso 2, Escritorio Jurídico Linares, Valera, Estado Trujillo, contra el ciudadano OSCAR JOSÉ VERA LEÓN, venezolano, mayo.....