Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS formulado por el ciudadano RAFAEL JOSÉ DOMINGUEZ MONTILLA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nro. 11.611.249, quién actúa en su propio nombre y en representación de ORLANDO ANTONIO y BETTY COROMOTO DOMINGUEZ CORDERO, con domicilio en esta ciudad y Municipio Valera del Estado Trujillo, asistido por el Abogado en ejercicio ABELARDO ALARCÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.100.190 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nro. 74.5083, y a fin de brindar una tutela judicial efectiva, se ordena remitir la presente solicitud al Juzgado del Municipio Carache de.....