Por los argumentos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y en Nombre de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185 ¿ A del Código Civil formulado por los ciudadanos ROBERTO ANTONIO BARRIOS CUEVAS y ANA JULIA DUQUE MONCADA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.349.316 y 9.332.045, respectivamente, domiciliados el primero en el municipio Carvajal del estado Trujillo y la segunda en el municipio La Grita del Táchira. En consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído en fecha 24 de diciembre de 1982, en ese entonces, por ante la Prefectura del Municipio La Grita del Distrito Jáuregui del Estado Táchira y que actualmente reposa en el Registro Civil del Municipio La Grita del Estado Táchira, s.....