En consecuencia, administrando justicia y por autoridad de la Ley se HOMOLOGA el CONVENIMIENTO que antecede en los mismos términos y condiciones a que llegaron las partes y se ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se ordena por secretaría expedir una (01) copia fotostática debidamente certificadas del presente auto y guardarla en la carpeta de homologaciones llevada por este Despacho y archívese definitivamente el expediente, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 263 del Código de Procedimiento Civil.
El Juez,
Abg. Ramón E. Butrón V. La Secretaria,
Abog. Johana C. Briceño.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se expidió la referida copia fotostática certificada.
La Secretaria,
REBV/jcb/l.chacin
Exp.Civil N° 5313