Por los motivos anteriormente señalados y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano JOSÉ ROGELIO DEL CARMEN PEÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.617.598, domiciliada en el Sector San José, Municipio Pampán del Estado Trujillo, asistido por el abogado GABRIEL ANTONIO SIFUENTES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.488, mediante el cual procedió a demandar al ciudadano RICHARD JOSÉ CARDOZO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.511.976, por DESALOJO DE INMUEBLE, el cual se encuentra ubicado en el Sector Los Mangos de San Luis, (Parte Baja), Vereda N° 02, casa N° 39¿92, Parroquia San Luis, de esta Ciudad .....