En consecuencia, por las razones antes expuestas y probado como ha sido lo alegado, y por no existir interesado alguno que resulte perjudicado, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatan, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la ley, conforme a derecho, ordena en forma sumaria al Ciudadano Registrador Civil del Municipio Valera del Estado Trujillo y al Registrador Principal del Estado Trujillo, estampar la debida Nota Marginal en la Acta de Nacimiento previamente determinada así donde dice "DEL CARMEN"... que es incorrecto debe decir:..."DEL VALLE...", que es lo correcto. Así se decide. Expídanse Copias Certificadas de la solicitud, de esta decisión y remítanse con Oficios a las autoridades competentes, una vez la parte interesada consigne los emolumentos para tal fin y venza el lapso estab,Jçcido para la ejecucion del f.....