III
D I S P O SI T I V A:
En orden a los hechos descritos en la narrativa y con fundamento en las motivaciones precedentes, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS VALERA, MOTATÁN, SAN RAFAEL DE CARVAJAL Y ESCUQUE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud que se provee al efecto de ÚNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del de cujus EDMUNDO RONDON MATEUS, a su esposa e hijos ciudadanos ELDA ROSA NAVA DE RONDON y a sus hijos MARIA MAURA, ELPIDIA, CARMEN RAMONA, MARCELINO, JOSE DEL CARMEN JUAN CARLOS, JUAN BAUTISTA, JOSE ATILIO y DIOMARA COROMOTO RONDON OCANTO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 10.036.419, 9.172.255, 9.323.689, 11.317.777, 5.765.641, 5.765.368, 10.404.074, 10.032.300, 9.319.668 y 11.318.581, respectivamente y domiciliados en esta ciudad de Valera, conforme a lo dispuesto en los artículos 807, 808, 8.....