Por lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Valera, Motatán, San Rafael de Carvajal y Escuque de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente solicitud de DECLARACIÓN DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS formulado por la ciudadana PAULA TERESA ALVARADO, venezolana, mayor de edad, de oficios del Hogar, titular de la cédula de identidad No. 9.495.567, con domicilio en esta ciudad y Municipio Valera del Estado Trujillo, asistida por el Abogado en ejercicio RAFAEL DOMINGO LEAL, RAFAEL DOMINGO LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.- 4.804.934, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 19.337, y a fin de brindar una tutela judicial efectiva, se ordena remitir la presente solicitud al Juzgado del Municipio Carache de esta misma Circunscripción Judicial para que la continúe conociendo. Déjese constanc.....