Este Tribunal por ser procedente lo solicitado, lo acuerda de conformidad.- En consecuencia dá por consumado el acto por el cual el Apoderado Judicial de la parte demandante Desiste de la acción y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil;