Este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado ROBERTO JAVIER BASTIDAS CASTELLANOS, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 48.081, e su carácter de Apoderado Judicial de la CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL S.A. (CORPOELEC), contra la decisión de fecha 15 de mayo de 2017, dictada por el referido Juzgado, que declaró CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA de la demanda e nulidad del acto administrativo constituido por la Providencia administrativa Nº 15 de fecha 22 de enero de 2001 dictada por la Inspectoría, contenida en el expediente Nº 4859-3, dictado por la Inspectoría del Trabajo del Estado Trujillo con sede en Trujillo. REVOCA la sentencia dictada en fecha: 15 de mayo de 2017, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial.