Estando dentro del lapso legal para la publicaciòn del fallo ometido a Consulta de conformidad con la Ley Orgànica de la Jurisdicciòn Contencioso Administrativa, este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley REVOCA la Sentencia de Primera Instancia y declara CON LUGAR el Recurso de Nulidad intentado.