Estando dentro del lapso establecido en la Ley Organica Procesal del Trabajo para la publicacion del texto integro del fallo apelado, este Tribunal en nombre de la Repùblica Bolivariana de venezuela y por autoridad de la Ley declara: DESISTIDO el Recurso de Apelaciòn de la parte actora. PARCIALMENTE CON LUGAR la apelacion de la parte demandada, MODIFICA la Sentencia de Primera Instancia de acuerdo a la motiva del presente fallo y PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los actores.