Se publicó sentencia en la que se declara Desistido o Abandonado el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada, de conformidad con el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se confirma la decisión de fecha 22-09-09 publicada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.