DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y Derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR PARA EL REGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO DE HECHO INTERPUESTO POR LA PARTE DEMANDANDA CONTRA LA DECISION DICTADA por el Tribunal Primero de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, contra el auto de fecha 03 de Diciembre de 2.007. SEGUNDO: Se anula el auto dictado en fecha 03 de Diciembre de 2007, que negó la apelación ejercida por la parte demandada. TERCERO: En consecuencia se ordena admitir la apelación en ambos efectos, solicitada por la parte demandada en fecha 29 de Noviembre del año 2007, contra la Sentencia de fecha 22 de Noviembre de 2007. Queda así reproducido y publicado el fallo en el lapso legal. Cúmplase.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dado firmado y refr.....