Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SE MODIFICA, la decisión, de fecha 13 de julio de 2017 dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado por el JHONNY ALEXANDER OJEDA MALDONADO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 248.963, actuando con el carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos AREVALO ANTONIO UZCATEGUI VALECILLOS y LUIS ENRIQUE GODOY PERDOMO.