Estando dentro del lapso legal establecido por el Tribunal de conformidad con los articulo 11 y 65 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en atención a que se trata de un Asunto en Consulta este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONFIRMA el fallo sometido a Consulta y declara CON LUGAR la demanda.