Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente Consulta. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha: 27 de abril de 2017, así como la negativa a la homologación de fecha 26 de junio de 2017, dictadas por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. TERCERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARIA DE LOS ÁNGELES MATUTE JUSTO, contra la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A. (MERCAL C.A.). CUARTO: SE ABSTIENE DE HOMOLOGAR el acuerdo plateado en fecha 20 de junio de 2017. SE ABSTIENE DE HOMOLOGAR el acuerdo plateado en fecha 20 de junio de 2017. QUINTO: No hay condenatoria en costas procesales. SEXTO: Notifíquese mediante oficio al ciudadano Procurador General de .....