Por las razones expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SE CONFIRMA, la decisión, de fecha 15 de Mayo de 2017, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de nulidad incoada por la UNIVERSIDAD DE LOS ANDES, mediante su apoderada judicial Abogado: Juan Carlos Sarache Balza, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 122.099, contra el acto administrativo de efectos particulares constituido por la Providencia Administrativa No.066-2015-00070 de fecha 28 de Julio de 2015., correspondiente al expediente Nº 066-2015-01-000156, dictada por la Inspectoria del Trabajo del Estado Trujillo, con sede en Trujillo que declaro sin Lugar la Solicitud de Calificación de Falta