Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de Apelación, interpuesto por la ciudadana XIOMARA COROMOTO LINARES CADENAS, titular de la cédula de identidad Nº V-10.313.389, asistida por su Apoderado Judicial Abogado RUBEN DARIO RONDON GRATEROL, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 38.886, Procurador de Trabajadores del estado Trujillo, contra la sentencia de fecha 31 de octubre de 2017, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, que declaró DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO EL PROCESO.