En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Pudiendo la parte actora ejercer el respectivo recurso dentro de los cinco (05) días hábiles siguiente a la publicación de la presente decisión, o podrá interponer la demanda una vez que transcurra noventa (90) días continuos. Así se decide en Trujillo a los veintiocho (28) días del mes de septiembre de 2023. Año 213º de la independencia y 164º de la federación. Con respecto al escrito de tercería, no hay pronunciamiento alguno por cuanto se declaró del desistimiento del procedimiento. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo.