Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR lo solicitado por la Abogada SAMANTHA ELENA POLANCO ANEZ, actuando como apoderada judicial de la Procuraduría General del Estado Trujillo y repone la causa al estado de notificar mediante oficio al ciudadano Procurador General del Estado Trujillo del monto arrojado en la experticia complementaria del fallo consignada en fecha 25 de julio de 2011,de acuerdo con lo establecido en el artículo 86 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y en consecuencia se declara la nulidad de los actos realizados en el presente expediente con posterioridad a la consignación de la experticia complementaria del fallo, o sea los que corren inserto a los fol.....