Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, de conformidad con lo previsto en el artículo 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 6 y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y dado el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, DECLARA: PRIMERO: EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, suscrito por las partes ante el Juez Superior del Trabajo de esta Circunscripción judicial, dándole efectos de cosa juzgada; SEGUNDO: Se declara terminado el presente juicio, teniendo el acta de Transacción suscrita entre las partes y homologada por este juzgado, que se considera formando parte del mismo por ser anexo de éste, los mismos efectos de una Sentencia definitivamente firme.