En Audiencia Especial solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece la parte Actora, la ciudadana SONIA EPIFANIA DOMINGUEZ PACHECO, titular de la cedula de identidad N° 13.926.623, y sus Apoderadas Judiciales Abogadas JENNY OIRELA DE KULINSKY y MAYDEE DEL PILAR AÑEZ OVIEDO, inscritas en el I.P.S.A bajo los N° . 71.813 y 180.566 y por la demandada comparece la empresa INTERNACIONAL DE RESPONSABILIDAD C.A, representada legalmente por el ciudadano: MISAEL LIEVANO GAMBOA, titular de la cedula de identidad N° 16.792.837, por intermedio de su Apoderada Judicial, Abogada AURA ROSA ROMAN BRICEÑO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 105.399, las aprtes llegan al siguiente acuerdo: la parte demandada ofece cancela la cantidad de Bs. 90.000,00, la parte actora acepta y conviene. El Tribunal Homologa el acuerdo de las partes.