En Prolongación de Audiencia, la cual fue adelantada por solicitu de las partes, comparece la parte Actora, la ciudadana HAIDIE DEL CARMEN CARDOZA TORRES, titular de la cedula de identidad N° 10.319.492, y sus Apoderadas Judiciales Abogadas JANETTE CAROLINE RODRIGUEZ MOLINA, MARGOT DEL ROSARIO BRICEÑO inscritas en el Inpreabogado bajo el No. 37.901, 70.005 respectivamente, y por la demandada comparece la Empresa AVON COSMETICOS DE VENEZUELA C.A, representada legalmente por el ciudadano LUIS A PAEZ PUMAR SPOSITO, por intermedio de su Apoderado Judicial, Abogado RAFAEL PIÑA YSEA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 16428, las partes llegan al siguiente acuerdo: la parte demandada cancela la cantidad de BS. 75000,00 mediante cheque en este acto , la parte actora conviene y acepta el Tribunal Homologa el acuerdo.