Se levanto acta de Audiencia de Conciliación solicitada por las partes, y acordada por el Tribunal de conformidad con los artículos 257 y 258 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela; comparece la parte Actora, el ciudadano RAFAEL HUMBERTO PARRA, titular de la cedula de identidad N° 9.376.356, por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado MARCOS GUSTAVO OJEDA VELAZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 23.683 y por la demandada comparece el COLEGIO DE MEDICOS DEL ESTADO TRUJILLO, por intermedio de su Apoderado Judicial Abogado MIGUEL CABALAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 58.208, las partes llegan al siguiente acuerdo de pago: la partre demandada a los fines de evitar la ejecución forzosa del Acuerdo celebrado en fecha 27-06-2012, cancela la cantidad de Bs. 63.000,00, la parte actora conviente y acepta el Tribunal Homologa el acuerdo de pago.