Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento en la demanda incoada por el ciudadano CLORARLDO DEL CARMEN VILLEGAS YEPEZ, contra la entidad de trabajo HOTEL CANARIAS SUITE, C.A. solidariamente los ciudadanos ROBERTO LORENZO HERNANDEZ y ROBERTO CARLOS LORENZO MORENO, por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y DEMAS BENEFICIOS LABORALES, otorgándole el carácter de cosa juzgada; de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil aplicado analógicamente conforme el artículo 11 de al Ley Orgánica Procesal del Trabajo. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.