Este TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO POR LAS PARTES dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Se ordena el archivo definitivo del expediente una vez que transcurran cinco (05) días hábiles siguientes al de hoy. Se ordena a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega de la libreta de ahorro N° 01987013, Cuenta N° 1750208500061242760 del Banco Bicentenario Banco Universal a nombre de la parte oferida, ciudadano JOSE GREGORIO MOLINA OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.018.635. Ofíciese. Terminó se leyó y las partes al pie de la presente acta conformes firman. Así se decid.....