DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por la ciudadana DAISY JOSEFINA SANDOVAL DE TELLES, titular de cédula de identidad Nº V- 5.784.689, asistida por el Abogado en ejercicio EDWIN ENRIQUE VILORIA PALOMARES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.752.437, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 222.559; contra la providencia administrativa Nº 070-2022-007, de fecha 16 de junio de 2022, dictado por la Inspectoría del Trabajo del estado Trujillo con sede en la ciudad de Valera, contenida en el expediente Nº 070-2021-01-00049; que declaró sin lugar solicitud de procedimiento para el reenganche y pago de salarios caídos incoada por la ciudadana: DAISY JOSEF.....