Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO el procedimiento de nulidad incoado por la entidad de trabajo CVA AZUCAR, S.A., contra el del acto administrativo constituido por la Providencia Administrativa Nº 070-2009-147, de fecha 27/10/2009, contenida en el expediente Nº 070-2009-01-01045, emanada de la Inspectoría del Trabajo, con sede en Valera del Estado Trujillo, verificada la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia de juicio, de conformidad con lo previsto en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión mediante oficio a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.