Por todas las consideraciones expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano AUGUSTO JOSÉ SOTO MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.446.058, con domicilio en el Caserío Puente Villegas, Calle Principal, Parroquia Santa cruz, Municipio Carache estado Trujillo, representado judicialmente por la ABG. ANDREINA PÉREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.652.083 e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 141.192, en su condición de Procuradora de Trabajadores del estado Trujillo, contra EL MUNICIPIO CARACHE DEL ESTADO TRUJILLO por órgano de la alcaldía, siendo su representante legal el ciudadano SOGELL SALLAM MIRANDA, en su condición de Alcalde del Municipio, y judicial el ABG. HÉCTOR .....