este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRETENSIÓN que por cobro de prestaciones sociales interpuso el ciudadano: EDWARS ALBERTO GONZALEZ VILLEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 17.604.971, domiciliado en la Urb. Bella Vista, casa Nº 52, Municipio Valera del Estado Trujillo; asistido por la PROCURADORA DE TRABAJADORES ABG. AURA ROSA ROMÁN BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 15.043.558, inscrita en el IPSA bajo el Nº 105.399; contra la empresa TOTAL T. V, y solidariamente a las empresas PARAMO PRODUCCIONES Y EVENTOS C. A, EMISORA RADIO SIMPATÍA, C. A, e INVERSIONES 760, C. A, como integrantes del grupo económico, las cuales se encuentran representadas legalmente por el ciudadano ELADIO JOSE PACHE.....