PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de hecho interpuesto en fecha 26 de febrero de 2024,por el abogado GABRIEL ALEJANDRO RUÍZ MIRANDA, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil PULCINELLA RISTORANTE, C.A., contra el auto que negó el recurso de apelación de fecha 19 de febrero de 2024,el cual fuera interpuesto el día 16 de febrero del año en curso, contra el auto dictado por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 08 de febrero de 2024, en el juicio que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara hoy de cujus SHAO YUN DE LU CHEN, contra la sociedad mercantil PULCINELLA RISTORANTE, C.A., y los ciudadanos ANNUNZIATA ARNESE DE LAMBERTI y RINO LAMBERTI SPIEZO.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
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