Por fuerza de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR LA DEMANDA, que por resolución de contrato intentara la sociedad mercantil JOYERÌA EL CHEVALIER A.R, C.A contra la ciudadana NORLY NATHALY CUELLAR ALVAREZ.