El Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, este Tribunal observa que en fecha 24-11-09, fecha que estaba fijada la audiencia preliminar, el ciudadano YERLIN ANIXO MALDONADO INFANTE, no compareció a la misma, el cual había quedado notificado de la realización de la audiencia en fecha 15-10-2009, y visto que se había diferido en varias oportunidades se acordó librar orden de captura, razón esta por la representación fiscal solicita se mantenga la medida de privación de libertad, es por lo que este Tribunal acuerda mantener la privativa de libertad del ciudadano YERLIN ANIXO MALDONADO INFANTE, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.462.863, de 32 años de edad, de ocupación albañil, grado de instrucción tercer año de bachillerato, hijo de Maria Auxiliadora Infante y Jesús Alberto Maldonado, nacido en fecha 10-05-1977, Natural de en Valera Estado Trujillo, RESIDENCIADO en LA FLORESTA, SECTOR SANTA ELENA.....