ESTE TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS Nº 01 , escuchadas las partes y revisadas las presentes actuaciones, se evidencia y se puede determinar que efectivamente la victima expuso que vive en caracas, y necesitaría la casa es para cuando ella venga a pasarla con sus hijos, considerando este tribunal que el bien a proteger seria la integridad física de la victima, lo que no ocurre en el presente caso ya que ella no vive en el hogar en común, ya que trabaja y vive en caracas, en virtud de lo antes expuesto este tribunal acuerda ratificar parcialmente lo ordenado por la Fiscalia del Ministerio Publico en fecha 03-07-09, imponiendo como medida al ciudadano José Gregorio Teran, nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.499.537, de 36 años de edad, nacido en fecha 12-09-72, residenciado en el sector la placita, los silos de Monay, parte alta, Municipio Candelaria del Estado Trujillo, 1) prohibición de ag.....